Actualización del Baremo de indemnizaciones por accidente Tráfico para 201720/01/2017

Actualización del Baremo de Tráfico para 2017

 19 enero, 2017  Marta Lopez

Directora de Sepín Responsabilidad Civil y Seguro

Con independencia, y a la espera, de que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones haga públicas por resolución las cuantías indemnizatorias actualizadas para facilitar su conocimiento y aplicación, se debe tener en cuenta el art. 49 del RDL 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, sobre las actualizaciones automáticas de las cuantías y límites indemnizatorios fijados en la Ley y en sus tablas con efecto a 1 de enero del 2017.

La Ley determina que dicho ajuste se fije según el índice de revalorización de las pensiones, que para el año 2017 se regula en el apartado 2 del artículo único del RD 746/2016, de 30 de diciembre, sobre revalorización y complementos de pensiones de Clases Pasivas y sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2017; según el cual se incrementarán en un 0,25 por ciento los importes de las pensiones mínimas del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas.

Por lo tanto, se calculará la indemnización que corresponde según los valores de las tablas y se actualizará con el incremento del 0,25%.

No obstante, las tablas de lucro cesante y de ayuda de tercera persona, por su naturaleza, se actualizan conforme a las Bases Técnicas Actuariales. Estas últimas, se publicaron por la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones en Octubre de 2016, aplicando para la actualización el IPC, recogiendo que en caso de no ser conocidos los porcentajes del mismo, por tratarse de periodos futuros, se aplicará el IPC establecido en las mismas en el apartado de hipótesis.

Además, la tabla de gasto de asistencia sanitaria futura se renovará, en su caso, de acuerdo con lo que se establezca en los convenios sanitarios que se suscriban con los servicios públicos de salud, y teniendo en cuenta la variación de los costes soportados por los servicios sanitarios.

También hay que atender al R.D. 742/2016, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2017, que se debe tener en cuenta en el caso del perjuicio patrimonial del lucro cesante del lesionado con dedicación a tareas del hogar. Así, el importe del mismo se ha incrementado en un 8% sobre el SMI del año anterior, por lo que teniendo en cuenta que según la comisión del Baremo para el año 2016 dicho perjuicio se establecía en 9.080,40 €,  debería  resultar para el año 2017 en un valor anual de 9.806,832 €.

Según el art. 40.1 RDL 8/2004, de 29 de octubre, la cuantía de las partidas será la vigente a la fecha del accidente, pero una vez establecido el importe por acuerdo extrajudicial o por resolución judicial es cuando se debe aplicar la actualización correspondiente.

Para las cuantías fijas del resto de tablas quedarían las siguientes cantidades:

Perjuicio personal básico – Muerte (Tabla 1.A )

20172016

El Cónyuge viudo

Hasta 15 años de convivencia, si la victima tenía hasta 67 años 90.225 € 90.000 €

Hasta 15 años de convivencia, si la victima tenía desde 67 años hasta 80 años 70.175 € 70.000 €

Hasta 15 años de convivencia, si la victima tenía más de 80 años 50.125 € 50.000 €

Los Ascendientes

A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía hasta 30 años 70.175 € 70.000 €

A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía más de 30 años 40.100 € 40.000 €

A cada abuelo, sólo en caso de premoriencia del progenitor 20.050 € 20.000 €

Los Descendientes

A cada hijo que tenga hasta 14 años 90. 225 € 90.000 €

A cada hijo que tenga desde 14 hasta 20 años80. 200 € 80.000 €

A cada hijo que tenga desde 20 hasta 30 años 50. 125 € 50.000 €

A cada hijo que tenga más de 30 años 20.050 € 20.000 €

A cada nieto, en caso de premoriencia del progenitor 15.037,5 € 15.000 €

Los Hermanos

A cada hermano que tenga hasta 30 años 20.050 € 20.000 €

A cada hermano que tenga más de 30 años 15.037,5 € 15.000 €

Los Allegados

A cada Allegado 10.025 € 10.000 €

 

Perjuicio personal particular – Muerte (Tabla 1.B )

20172016

Convivencia del perjudicado con la víctima

A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía más de 30 años 30.075 € 30.000 €

A cada abuelo 10.025 € 10.000 €

A cada hijo que tenga más de 30 años 30.075 € 30.000 €

A cada nieto 7.518,75 € 7.500 €

A cada hermano que tenga más de 30 años 5.012,5 € 5.000 €

Fallecimiento de víctima embarazada con pérdida de feto

Si la pérdida tuvo lugar en las primeras 12 semanas de gestación 15.037,5 € 15.000 €

Si la pérdida tuvo lugar a partir de las 12 semanas de gestación 30.075 € 30.000 €

 

Perjuicio patrimonial/ daño emergente (Tabla 1.C)

20172016

Sin necesidad de justificación (cantidad por cada perjudicado) 401 €400 €

 

Perjuicio personal particular – Secuelas (Tabla 2.B )

20172016

Daños morales complementarios por perjuicio psicofísico

Cuando una sola secuela alcanza al menos 60 puntos o el resultado de las concurrentes alcanza al menos 80 puntos.De 19.248 € hasta 96.240 € De 19.200 € hasta 96.000 €

Daños morales complementarios por perjuicio estético

Cuando alcanza al menos 36 puntos De 9.624 € hasta 48.120 € De 9.600 € hasta 48.000 €

Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida

Muy GraveDe 90.225 € hasta 150.375 €  De 90.000 € hasta 150.000 €

GraveDe 40.100 € hasta 100.250 € De 40.000 € hasta 100.000 €

ModeradoDe 10.025 € hasta 50.125 € De 10.000 € hasta 50.000 €

LeveDe 1.500 € hasta 15.003,75 € De 1.500 € hasta 15.000 €

Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de familiares de grandes lesionadosDe 30.075 € hasta 145.362,5 €De 30.000 € hasta 145.000 €

Pérdida de feto a consecuencia del accidente

Si la pérdida tuvo lugar en las primeras 12 semanas de gestación15.037,5 € 15.000 €

Si la pérdida tuvo lugar a partir de las 12 semanas de gestación30.075 € 30.000 €

 

Perjuicio patrimonial – secuelas – Daño emergente (Tabla 2.C )

20172016

Prótesis y ortesisHasta 50.125 € por recambio Hasta 50.000 € por recambio

Rehabilitación domiciliaria y ambulatoria

Estados vegetativos crónicos y tetraplejias igual o por encima de C-4 Hasta 13.533,75 € anuales Hasta 13.500 € anuales

Tetraplejias, Tetraparesias graves, secuelas graves del lenguaje y trastornos graves neuropsicológicosHasta 9.523,75 € anuales Hasta 9.500€ anuales

Resto de supuestosHasta 5.864,62 € anuales Hasta 5.850€ anuales

Gastos por perdida de autonomía funcional

Ayudas técnicas o productos de apoyo Hasta 150.375 € Hasta 150.000 €

Adecuación de viviendaHasta 150.375 € Hasta 150.000 €

Incremento de los costes de movilidad Hasta 60.150 € Hasta 60.000 €

 

Lesiones temporales (Tabla 3.A y 3.B)

20172016

Días muy graves100,25 €100 €

Días graves75,18 € 75 €

Días moderados52,13 € 52 €

Días básicos30,075 € 30 €

(Fuente SEPIN)

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